MARTES, 11 DE FEB.

Juicio a una médica que realizaba partos domiciliarios: la acusan del asesinato de una mujer y de lesiones

La profesional enfrenta cargos por homicidio culposo y lesiones gravísimas. En un hecho de 2015 la persona gestante murió cuando llegó a un hospital. En el segundo caso, dos años después, falleció el feto.

 

Un tribunal de juicio integrado por los jueces Juan Carlos Leiva, Florentino Malaponte y María Álvarez inició este lunes un juicio a un médica identificada como María G, de 69 años, por los delitos de homicidio culposo y lesiones gravísimas “por su conducta imprudente, negligente, imperita en su arte y profesión”.

La profesional de la salud enfrenta esos cargos por dos partos que realizó en domicilios particulares, según explicaron fuentes del Ministerio Público de la Acusación (MPA). Los fiscales del debate oral, Mariana Prunotto y Matías Edery, solicitaron en su alegato de apertura la pena de 7 años de prisión de cumplimiento efectivo y 10 de inhabilitación para ejercer la medicina.

En el primer caso, la Fiscalía le atribuye a la médica haber provocado la muerte de Mariela Zuñiga el día 4 de mayo de 2015 a las 17.30, por su conducta imprudente y negligente, “como así también inobservancia de los reglamentos y de los deberes a su cargo” como profesional de la salud. En su calidad de médica María G. “le indicó que podía tener un parto en domicilio sin riesgos mayores para su vida o la de su feto”, explicaron los fiscales.

Agregaron que “sin intervención alguna de institución hospitalaria, por ende sin ningún estudio de rutina” la médica “siguió atendiendo durante el embarazo” a la mujer que luego moriría. El 4 de mayo de 2015 en una vivienda particular de Soldini, la acusada “preparó a la víctima para practicarle un parto en domicilio”.

Alrededor de las 16.30, estando la mujer en trabajo de parto, María G., “notó que la paciente estaba grave, por lo cual decidió trasladarla por sus propios medios, en auto particular, sin asistencia de ambulancias, al Hospital Roque Saenz Peña” de la zona sur de Rosario, “al que no había avisado de la realización del parto domiciliario ni tampoco de una atención de urgencia”, detallaron Prunotto y Edery en su acusación al comienzo del juicio oral iniciado este lunes en el Centro de Justicia Penal.

Al arribar al hospital, señalaron, “los médicos reciben a la víctima sin signos vitales”, por lo que se le practicó una cesárea de urgencia, diagnosticando “lesiones en útero, feto fallecido y constatando el fallecimiento de Mariela Zuñiga”.

El segundo caso

El otro hecho que la Fiscalía la atribuye a la médica ocurrió el 7 de marzo de 2017 en una vivienda de Rosario donde la acusada practicó otro parto domiciliario. “Desde las 6.30 de la mañana, en su calidad de profesional preparó a la víctima para practicarle un parto, pero a las 12.30, mientras la mujer estaba en trabajo de parto, la profesional “notó que la paciente estaba grave”, sostuvieron los acusadores.

“Fue recién entonces cuando decidió trasladarla por su auto particular, sin asistencia de ambulancias, al Hospital Eva Perón, al que no había avisado de la realización del parto domiciliario ni tampoco de una atención de urgencia”, abundaron.

Al llegar al hospital ubicado en Granadero Baigorria, alrededor de las 13.05, los médicos reciben a la víctima y “se le practicó cesárea de urgencia”. Durante “el proceso quirúrgico se identifica feto fallecido y lesiones en útero”, mientras que “se le practica una histerectomía de urgencia” a la mujer, quien sufrió lesiones.

Imprudencia

Para los fiscales, según plantearon en la primera audiencia del juicio oral, “su conducta negligente, imprudente, e imperita en su arte y profesión” así como el no cumplimiento “de los reglamentos y de los deberes a su cargo como profesional médica se traduce en que, con la información de los antecedente médicos de la paciente de haber tenido un parto anterior con cesárea, aconseja, trata y práctica en la paciente un parto domiciliario a pesar de ser esta práctica contraindicada por la comunidad médico-científica”.

“Además -siguieron Prunotto y Edery- realizó las siguientes conductas: no informó los riesgos reales de dicha práctica a la paciente, asumió todos lo riesgos que implica dicha práctica sin estar en una institución destinada a tal fin, asumió el riesgo de no contratar un servicio de traslado pre-hospitalario para el caso de urgencia y el riesgo de no dar el aviso previo correspondiente a una institución sanitaria continente”.

Por esas razones, los fiscales solicitaron al tribunal la aplicación de una pena de 7 años de prisión y 10 de inhabilitación para la médica llevada a juicio.

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